Con el objetivo de aunar criterios y darle algo más de cordura al asunto de las manos, especialmente en las áreas, desde el Comité Técnico de Árbitros, dependiente de la RFEF, se han llegado a las siguientes conclusiones.
Qué serán manos sancionables
Se considerará que hay una infracción en los siguientes casos:
-Mano voluntaria: Cuando un jugador toca el balón de manera voluntaria con la mano o el brazo, por ejemplo, haciendo un movimiento en dirección al balón.
-Mano en posición antinatural: Cuando un jugador que ocupa con su brazo/mano un espacio mayor, asumiendo un riesgo y, como consecuencia de ello, corta el pase de un contrario, un disparo a portería, etc.
Este tipo de situaciones abarca casos en los que la mano o el brazo están claramente despegados y alejados del cuerpo, así como cuando los brazos están elevados por encima del hombro (incluso aunque el jugador esté de espaldas).
Qué manos no son sancionables
No se considera que haya infracción en los siguientes casos:
-Mano en posición natural, pegada o próximas al cuerpo, o apoyadas o hacia el apoyo como herramienta de soporte para mantener el equilibrio.
-Mano tras balón jugado por el propio jugador: Si el jugador juega deliberadamente el balón y éste golpea su propia mano/brazo, salvo que se realice un movimiento adicional del brazo o mano hacia el balón.
-Mano procedente del despeje de un compañero de equipo: Si el balón proviene directamente del despeje de un compañero próximo a él, impactándole en la mano o brazo, salvo que el brazo esté por encima del hombro y la acción tenga un impacto claro en la jugada y esté muy próximo a gol.
-Gol tras mano accidental e inmediata de un compañero: Si el jugador marca gol inmediatamente después de que el balón le toque de manera accidental en la mano o el brazo a un compañero.
-Gol tras mano accidental no inmediata: El jugador que logra el tanto después de que el balón le toque en la mano o el brazo de manera accidental, pero la acción no es inmediata porque se produce una conducción de balón durante una cierta distancia.
Las tarjetas por manos
En cuanto a la sanción disciplinaria a aplicar en las jugadas de manos sancionables, se mantiene el cambio llevado a cabo la temporada pasada en la valoración de las manos punibles e involuntarias que sean sancionadas como penalti. Se reducirá su sanción disciplinaria un grado, siguiendo el principio utilizado para las infracciones dentro del área en las que se valora como atenuante la posibilidad de disputa de balón con un contrario. Así pues, las acciones consideradas DOGSO (impedir una ocasión manifiesta de gol), llevarán aparejada la tarjeta amarilla de amonestación, y las acciones consideradas SPA (impedir un ataque prometedor), no llevarán aparejada sanción disciplinaria alguna.